Ministra Esquivel propone desechar amparo contra el programa “Quédate en México”

Yasmín Esquivel Mossa elaboró un proyecto de sentencia en el que propone desechar un amparo, al considerar que el programa “Quédate en México” no viola los derechos humanos.

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La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Yasmín Esquivel Mossa elaboró un proyecto de sentencia en el que propone desechar un amparo promovido por la organización Fundación para la Justicia, al considerar que el programa “Quédate en México” no viola los derechos humanos de las personas migrantes que transitan por el país. 

“Los argumentos hechos valer por la parte quejosa resultan ineficaces para demostrar que la actuación del Gobierno Mexicano como respuesta a la implementación programa ‘Quédate en México’ por parte de Estados Unidos de Norte América transgrede los derechos fundamentales de las personas migrantes”, señala el proyecto del amparo en revisión 606/2022, enlistado para discutirse en la Segunda Sala de la Corte el próximo 11 de octubre.

Además, entre los argumentos de su amparo, la Fundación para la Justicia refirió que las personas migrantes en la frontera sur se encuentran en “condiciones inhumanas” que atentan contra su vida, por lo que pidió la intervención de las y los ministros de la Segunda Sala de la Corte. 

Sin embargo, en su proyecto de sentencia, la ministra Esquivel Mossa señala que este concepto de violación también resulta “inoperante”, dado que plantea cuestiones “ajenas” al proceso, puesto que es un tema que corresponde a la implementación del Acuerdo con Estados Unidos, “y no a verificar las condiciones de detención de las personas migrantes en las estaciones de toda la República”.

Por todo lo anterior, organizaciones civiles de México y Estados Unidos ofrecerán una conferencia de prensa el próximo 5 de octubre a las 10 de la mañana para dar más detalles, a través de la página de Facebook de la Fundación para la Justicia, al asegurar que se trata de “políticas migratorias que matan” y vulneran aún más los derechos de las personas migrantes en México. 

Los antecedentes del caso que toca Esquivel

El 19 de julio de 2019, mediante un escrito presentado en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, mediante su representación legal, solicitó el amparo y la protección de la justicia en contra de actos realizados en materia migratoria.

De manera específica, la organización señaló a la Presidencia de la República y la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) por la firma de la Declaración Conjunta México Estados Unidos, y su accesorio denominado Supplementary Agreement between the United States and Mexico, así como la expansión de la implementación de la sección 235 (b)(2)(c) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de los Estados Unidos de América que permite la aceptación en territorio nacional de los solicitantes de asilo en EU, programa conocido como “Quédate en México”.

Como otros actos reclamados, la organización señaló la orden de la Presidencia de la República de enviar seis mil elementos de la Guardia Nacional a la frontera compartida por México y Guatemala, la permanente presencia de estos ahí, y en general, todo acto de policía sobre cualquier migrante, que no derive de la comisión de un delito o por el que no medie un mandamiento por escrito de una autoridad competente, en el que funde y motive el acto de molestia, por lo que también señaló como autoridades ejecutoras al Instituto Nacional de Migración y a la Guardia Nacional.

En primera instancia, el amparo fue rechazado por el Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Administrativa, por lo que la organización promovió una queja ante el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, órgano con el que la organización amplió su demanda hacia el presidente Andrés Manuel López Obrador, el titular de la SRE y el titular de la Consultoría Jurídica Adjunta “A” de la Secretaría, así como contra el comandante de la Guardia Nacional y el titular de la Secretaría de Gobernación.

Ante la complejidad del asunto, la magistrada presidenta del Tribunal Colegiado acordó la solicitud de facultad de atracción formulada por la organización demandante, por lo que por acuerdo del 22 de abril de 2022 suspendió el procedimiento en tanto la Corte resolviera al considerar que no existe jurisprudencia emitida por el Pleno o las Salas de la Suprema Corte en la que se fije el alcance del derecho humano de los migrantes a solicitar asilo.

El proyecto de la ministra Esquivel Mossa

Al llegar el asunto a manos de la ministra, una de las primeras resoluciones de Esquivel Mossa fue señalar que si bien la implementación del programa “Quédate en México” sí puede resultar en una afectación a los derechos fundamentales de los migrantes, según el amparo en revisión 302/2020 resuelto por la Primera Sala, se trata de un criterio que la Segunda Sala “no comparte”. 

Por esta razón Esquivel denunció la contradicción de criterios entre el sustentado por la Primera Sala de la Suprema Corte y el sostenido por la Segunda Sala al resolver el presente asunto, por lo que el caso podría llegar al pleno de la Corte.

Como se mencionó con anterioridad, en su demanda de amparo de Esquivel, la Fundación para la Justicia argumentó que la implementación y ejecución del programa conocido como “Quédate en México” resulta indebida, puesto que el país no reúne las garantías para ser considerado como “país seguro”.

Además, Esquivel señaló que las condiciones inhumanas en la frontera sur a las que se enfrentan las personas migrantes y la actuación de la Guardia Nacional en el caso deben ser analizadas.

En respuesta la ministra Esquivel, si bien rechazó ambos argumentos, señaló que la Segunda Sala de la Suprema Corte “es consciente de la problemática que se vive en los centros de estancia donde se encuentran las personas migrantes”. 

“Sin embargo, el presente juicio de amparo no puede originar un pronunciamiento al respecto, dado que lo que se está analizando es la implementación de la política migratoria relacionada exclusivamente como reacción al programa ‘Quédate en México’, que no implica la detención de persona alguna, sino por el contrario, la concesión de los derechos inherentes una ‘estancia por razones humanitarias’”, señala la ministra Esquivel.  

Respecto a una posible omisión de implementación de la política de perspectiva de género, interés superior de la niñez y derechos laborales, el proyecto de la ministra nuevamente señala que este se trata de un concepto de violación infundado, “en razón de que no existe obligación de plasmar en un documento o directriz aquello que ya está previsto en normas nacionales e internacionales”. 

Finalmente, respecto a una posible dificultad en el seguimiento de los procesos en Estados Unidos de América, la ministra Esquivel determinó que no es jurídicamente viable que a través del juicio de amparo las autoridades mexicanas “obliguen a una autoridad extranjera a comportarse en uno u otro sentido”, por lo que también rechazó este asunto. 

Por todo lo anterior,  en su proyecto de sentencia la ministra Esquivel concluye establecer que la Justicia de la Unión no ampara ni protege a la parte quejosa contra ninguno de sus actos reclamados.

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