Aprueban reformas en materia de violencia vicaria en Congreso de GTO

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El Pleno del Congreso local aprobó reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato y al Código Civil estatal en materia de violencia vicaria.

Con estas reformas se establece, en el primer ordenamiento jurídico, que la violencia vicaria es cualquier acción u omisión ejercida contra una mujer con la finalidad de causarle daño o sufrimiento, realizada por una persona con quien tenga o haya tenido relación de matrimonio, concubinato, noviazgo o análoga, que se dirige en contra de las hijas, hijos o personas significativas.

En materia civil, se precisa que previamente a la celebración del matrimonio se les brindará información a los contrayentes, entre otras cosas, sobre violencia de género.

Asimismo, se establece, en lo relativo a quienes ejercen la patria potestad, que el juez aplicará las medidas previstas en el Código de Procedimientos Civiles e incluso podrá decretar el cambio de custodia de los menores previo el procedimiento respectivo, cuando quien tenga decretada judicialmente la custodia provisional o definitiva sobre ellos, impida injustificadamente de manera reiterada la convivencia de los menores con la persona o personas que tengan reconocido judicialmente su derecho a la misma o ejerza violencia vicaria.

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Además, se fija que la patria potestad se suspende por la sentencia condenatoria que imponga esta suspensión, en el caso de violencia vicaria.

Como autora del dictamen hizo uso de la tribuna la diputada Yulma Rocha Aguilar, quien externó que la presente reforma viene a atender una de las grandes deudas sociales con las mujeres que es la violencia vicaria.

Asimismo, precisó que con dicha violencia el agresor asegura un daño irreparable a las mujeres, dañando así a terceros, principalmente a hijas e hijos.  Por lo que, dijo, la violencia vicaria es violencia de género, ya que deriva de una acumulación de muchas otras violencias.

La diputada Katya Cristina Soto Escamilla precisó que la violencia cometida dentro del núcleo familiar es intolerable, y dijo que la violencia vicaria tiene un aspecto peculiar, pues es aquella cuyo objetivo es dañar a la mujer a través de sus seres queridos y especialmente de sus hijas e hijos.

Por su parte, la legisladora Martha Lourdes Ortega Roque señaló que la violencia vicaria es ver a tus hijos confundidos por lo que su papá les dice de ti, y no comprender por qué miente y los lastima; así como ver mermada tu calidad de vida física, económica y emocional.

Finalmente, agregó que el dictamen permite el reconocimiento de la violencia vicaria como uno de los tipos de violencia ejercidas en contra de las mujeres mediante la inclusión de una definición en la norma.

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En su participación, la legisladora Martha Edith Moreno Valencia enunció que la reforma visibiliza la realidad de mujeres víctimas de un tipo de violencia que, hasta hace relativamente poco, no se sabía bien cómo nombrar, siendo una de las representaciones más crueles para las mujeres, debido a que el agresor se dirige principalmente contra sus hijas e hijos, que traer consigo consecuencias psicológicas, emocionales y sociales para las víctimas, además que limita el pleno uso, goce y disfrute de sus derechos humanos.

Mientras que sobre el dictamen de reforma al Código Civil habló como autora del dictamen le congresista Laura Cristina Márquez Alcalá, quien manifestó que la violencia vicaria es silenciosa y que en muchos de los casos las mujeres prefieren guardar silencio para no dañar a sus seres más queridos.

Agregó que la violencia vicaria cuenta con la complicidad de una sociedad que cuestiona permanentemente a las mujeres, que las priva de autoridad y pone en duda su palabra.

Márquez Alcalá apuntó que lo más importante era fortalecer un entorno legal, institucional y social que garantice el pleno respeto a los derechos y la integridad de las mujeres y de todas las personas, mientras que evita la impunidad de quienes pretendan atacarlas.

Janet Melanie Murillo Chávez refirió que se sumaban al esfuerzo de muchas mujeres que por siglos han buscado desenvolverse en una sociedad igualitaria y con el goce de los mismos derechos humanos, sociales y políticos como cualquier persona.

Enfatizó que hacer estas modificaciones les dará la oportunidad de obtener la información necesaria para generar acciones concretas que pongan fin a ese tipo de violencia, cuidando particularmente a las niñas y niños que se han convertido en víctimas directas.

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El diputado Gustavo Adolfo Alfaro Reyes dijo estar a favor del dictamen por considerar la violencia vicaria como una manifestación de la violencia de género y que debe ser resaltada en el Código Civil, por lo que su importancia recae en los alcances y la gravedad del daño que se puede dar a la mujer y a los terceros con los cuales se pretende afectar.

En su oportunidad, la legisladora Dessire Angel Rocha precisó que cuando se pone en el centro a las mujeres y sus derechos se logran procesos legislativos abiertos, transparentes, participativos e incluyentes que, además, demuestran que el rigor metodológico y la técnica legislativa están al servicio de la actividad parlamentaria.

Indicó que legislar para prevenir, erradicar y sancionar la violencia vicaria es una demanda urgente de las mujeres y mencionó que hoy, Guanajuato era el décimo estado en incorporar en su legislación la violencia vicaria.

El dictamen fue aprobado por unanimidad en lo general. Al someterse a votación en lo particular, el diputado David Martínez Mendizábal se reservó lo relativo a la pérdida de patria potestad.

Después de realizar algunas consideraciones y calificar como negativo la conclusión del dictamen relativo a la pérdida de la patria potestad, propuso en lugar de que la violencia vicaria sea una causal de suspensión de la patria potestad, sea una causal de pérdida de patria potestad, con el objetivo de salvaguardar el bienestar de las y los menores involucrados.

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